jueves, 24 de enero de 2013

La LOE y el concepto de ANEAE

La inclusión de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), ha traido consigo un cambio en el concepto “alumnos con necesidades educativas” tal como se entendía con la LOGSE. El concepto utilizado es “Alumnado con Necesidad Específica de Apoyo Educativo” y dicho concepto contempla los siguientes grupos:
-Alumnado en situación de desventaja social: concretamente alumnado extranjero o procedente de zonas con características socioeconómicas y culturales desfavorecidas, zonas rurales, minorías étnicas o culturales, situaciones que impidan la escolarización en el centro educativo durante un largo periodo de tiempo (hospitalización por enfermedad o enfermedad de larga duración en el hogar).
-Alumnado superdotado intelectualmente.
-Alumnado con necesidades educativas especiales: alumnas y alumnos que requieran, en un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, y en particular en lo que se refiere a la evaluación, determinados apoyos y atenciones educativas específicas por padecer discapacidad física, psíquica o sensorial o por manifestar graves trastornos de la personalidad y la conducta.

Normalización e Integración

Para mi primera entrada he querido hacer referencia a dos de los principios que han de presidir todas las actuaciones relacionadas con las personas que presentan alguna minusvalía:

Normalización: “es la posibilidad de que el deficiente mental desarrolle un tipo de vida tan normal como sea posible” (Bank-Mikkelsen, 1959, 1975).

Integración: “significa que las relaciones entre los individuos están basadas en el reconocimiento de que todos compartimos los mismos valores y derechos básicos, así como en el reconocimiento de la integridad del otro” (Nirje, 1980).

La historia de Antonio es un claro ejemplo de como se plasman estos principios en el aula. Espero que os guste la historia